Traspaso de negocio en CDMX: los permisos, empleados e impuestos que casi nadie revisa (Guía 2026)
RE/MAX Real Estate Consultants | Alan Davieli
7 de octubre de 2026

Cuando se habla de traspasar un negocio, casi todo el mundo se enfoca en el precio y en el contrato de arrendamiento. Y sí, ambos son importantes. Pero los problemas que más cuestan después de firmar suelen venir de otro lado: un permiso que no se transmitió bien, empleados que el nuevo dueño no sabía que "heredaba" o impuestos que nadie calculó. Esta guía se centra justo en esas tres áreas que se revisan menos.
Aviso: este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado o un contador. Cada giro y cada operación tienen particularidades.
1. Un traspaso no es solo "pasar las llaves"
Un traspaso es la transmisión de los derechos de un negocio en operación a otra persona. En la Ciudad de México, la Ley de Establecimientos Mercantiles lo entiende así siempre que no cambien la ubicación, el giro ni la superficie del establecimiento. La consecuencia práctica es importante: si el nuevo dueño quiere cambiar de giro, ampliar el local o mudarse, ya no hablamos de un traspaso sino de un trámite distinto, con otros requisitos.
Antes de negociar, define por escrito qué se está transmitiendo:
Mobiliario, equipo y utensilios.
Inventario.
Nombre comercial y, en su caso, marca.
Permiso o aviso de funcionamiento.
Contrato de arrendamiento del local, con autorización por escrito del propietario.
Relaciones laborales con el personal.
Proveedores, clientes, redes sociales y líneas de contacto.
Todo lo que no quede escrito es una futura discusión.
2. Permisos: el cambio de titular en la CDMX
En la Ciudad de México un establecimiento mercantil opera con un aviso o con un permiso, según su impacto:
Giros de bajo impacto: operan con aviso.
Giros de impacto vecinal o zonal: operan con permiso.
Cuando cambia el titular, quien recibe el negocio debe ingresar el trámite de traspaso en el sistema electrónico SIAPEM dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que se realizó la transmisión. En los giros de impacto vecinal o zonal se trata de una solicitud que implica un pago de derechos, y el permiso se otorga una vez cubierto ese pago.
Lo que conviene cuidar:
Desde cuándo corre el plazo. Se cuenta desde que se realiza el traspaso, no desde que se firma un borrador. Acuerden una fecha clara.
Documentos. Normalmente se piden identificación de quien transmite y de quien recibe, el documento que acredita la transmisión y el permiso o aviso vigente. Si alguna de las partes es empresa, también acta constitutiva y poder del representante.
Estado del permiso. Verifica que esté vigente, sin sanciones ni adeudos, y que se hayan hecho las revalidaciones que le correspondan.
Alcohol. Si el negocio vende bebidas alcohólicas, no des nada por hecho: confirma con la autoridad cómo queda esa autorización en el traspaso antes de pagar. Es el punto donde más caro sale equivocarse.
Otros requisitos del giro. Según el tipo de negocio pueden aplicar protección civil, uso de suelo, anuncios o salubridad (por ejemplo, en alimentos). Pide copia de todo y revisa su vigencia.
Los requisitos exactos, formatos y costos pueden cambiar, así que confírmalos en el portal oficial de trámites de la CDMX o en la Alcaldía correspondiente antes de presentar la solicitud.
3. Empleados: la sustitución patronal
Si el negocio tiene empleados, el artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo establece que la sustitución de patrón no afecta las relaciones de trabajo del establecimiento. Dicho simple: el personal continúa, con su antigüedad y sus condiciones. Esto significa que:
Aviso: este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado o un contador. Cada giro y cada operación tienen particularidades.
1. Un traspaso no es solo "pasar las llaves"
Un traspaso es la transmisión de los derechos de un negocio en operación a otra persona. En la Ciudad de México, la Ley de Establecimientos Mercantiles lo entiende así siempre que no cambien la ubicación, el giro ni la superficie del establecimiento. La consecuencia práctica es importante: si el nuevo dueño quiere cambiar de giro, ampliar el local o mudarse, ya no hablamos de un traspaso sino de un trámite distinto, con otros requisitos.
Antes de negociar, define por escrito qué se está transmitiendo:
Mobiliario, equipo y utensilios.
Inventario.
Nombre comercial y, en su caso, marca.
Permiso o aviso de funcionamiento.
Contrato de arrendamiento del local, con autorización por escrito del propietario.
Relaciones laborales con el personal.
Proveedores, clientes, redes sociales y líneas de contacto.
Todo lo que no quede escrito es una futura discusión.
2. Permisos: el cambio de titular en la CDMX
En la Ciudad de México un establecimiento mercantil opera con un aviso o con un permiso, según su impacto:
Giros de bajo impacto: operan con aviso.
Giros de impacto vecinal o zonal: operan con permiso.
Cuando cambia el titular, quien recibe el negocio debe ingresar el trámite de traspaso en el sistema electrónico SIAPEM dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que se realizó la transmisión. En los giros de impacto vecinal o zonal se trata de una solicitud que implica un pago de derechos, y el permiso se otorga una vez cubierto ese pago.
Lo que conviene cuidar:
Desde cuándo corre el plazo. Se cuenta desde que se realiza el traspaso, no desde que se firma un borrador. Acuerden una fecha clara.
Documentos. Normalmente se piden identificación de quien transmite y de quien recibe, el documento que acredita la transmisión y el permiso o aviso vigente. Si alguna de las partes es empresa, también acta constitutiva y poder del representante.
Estado del permiso. Verifica que esté vigente, sin sanciones ni adeudos, y que se hayan hecho las revalidaciones que le correspondan.
Alcohol. Si el negocio vende bebidas alcohólicas, no des nada por hecho: confirma con la autoridad cómo queda esa autorización en el traspaso antes de pagar. Es el punto donde más caro sale equivocarse.
Otros requisitos del giro. Según el tipo de negocio pueden aplicar protección civil, uso de suelo, anuncios o salubridad (por ejemplo, en alimentos). Pide copia de todo y revisa su vigencia.
Los requisitos exactos, formatos y costos pueden cambiar, así que confírmalos en el portal oficial de trámites de la CDMX o en la Alcaldía correspondiente antes de presentar la solicitud.
3. Empleados: la sustitución patronal
Si el negocio tiene empleados, el artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo establece que la sustitución de patrón no afecta las relaciones de trabajo del establecimiento. Dicho simple: el personal continúa, con su antigüedad y sus condiciones. Esto significa que:
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Hablar con un asesor de compraEl nuevo dueño asume a los trabajadores con su antigüedad, salario y prestaciones.
El dueño anterior responde de forma solidaria con el nuevo por las obligaciones laborales nacidas antes de la sustitución, hasta por seis meses contados a partir de que se da aviso a los trabajadores. Después de ese plazo, solo responde el nuevo patrón.
Por eso el aviso de la sustitución a los trabajadores es importante para las dos partes: es lo que hace correr ese plazo. Conviene hacerlo por escrito y con acuse.
Qué hacer según tu posición:
Si compras: pide una relación de empleados con fecha de ingreso, salario, prestaciones y pendientes (vacaciones, aguinaldo, PTU, finiquitos), y negocia por escrito quién absorbe cualquier pasivo anterior. Revisa también los registros ante IMSS e Infonavit.
Si vendes: si prefieres liquidar al personal antes del traspaso, hazlo con asesoría laboral y con finiquitos bien documentados. Un pasivo laboral mal cerrado puede regresar a ti.
4. Impuestos: no lo dejes para después de firmar
El tema fiscal cambia según cómo se estructure la operación y si las partes son personas físicas o morales, por eso aquí no hay una cifra única. Lo que sí vale la pena tener claro:
Un traspaso suele combinar varios conceptos (equipo, inventario, derechos, nombre comercial) y cada uno puede tener un tratamiento fiscal distinto en ISR e IVA. Cómo se reparte y se documenta el precio entre ellos importa.
Define quién factura y qué. Una operación sin comprobantes complica al comprador deducir y al vendedor acreditar la venta.
El vendedor debe tener su situación fiscal y de seguridad social al corriente antes de cerrar, y actualizar su registro si deja la actividad.
El comprador debe estar dado de alta ante el SAT con la actividad correcta antes de empezar a operar y facturar.
La regla de oro: consulta a un contador antes de firmar, no después. El mismo precio puede tener un efecto fiscal distinto según cómo se documente.
5. Checklist antes de firmar
Permiso o aviso vigente y copia de todos los permisos del giro.
Autorización por escrito del arrendador para ceder el contrato de arrendamiento.
Inventario firmado de equipo y mercancía.
Lista de empleados con antigüedad, salario y pasivos.
Constancias o evidencia de que el vendedor está al corriente fiscal y de seguridad social.
Recibos de servicios sin adeudos (luz, agua, gas, internet).
Contrato de traspaso por escrito: precio, forma de pago, qué se transmite, fecha de entrega, declaraciones de no adeudo y qué pasa si aparece un pasivo oculto.
Calendario del trámite en SIAPEM y del aviso a los trabajadores.
6. Errores comunes que salen caros
Pagar el 100% antes de que el trámite del permiso esté resuelto. Considera escalonar el pago o retener una parte hasta concluirlo.
Asumir que "el permiso se va con el local".
Pactar con los empleados solo de palabra.
No definir por escrito quién paga qué en caso de adeudos anteriores.
Dejar el tema fiscal para después de la firma.
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En RE/MAX Real Estate Consultants acompañamos a compradores y vendedores de negocios en marcha, desde encontrar la oportunidad correcta hasta cerrar la operación de forma ordenada. Si tienes dudas sobre tu caso particular, escríbenos desde remaxrec.com.mx y con gusto te orientamos sin compromiso.
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